Abogada de familia y divorcios en Barcelona

Divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos, custodia de los hijos, pensión de alimentos, régimen de visitas, parejas de hecho y modificación de medidas, con el Derecho civil catalán como marco. Buscamos siempre el acuerdo que proteja a los hijos; si no es posible, litigamos. Primera consulta también por videoconsulta en toda España.

Mutuo acuerdo desde semanasDerecho civil catalánPresupuesto cerrado
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Divorcio express en Barcelona

El llamado divorcio express es el divorcio de mutuo acuerdo: los dos cónyuges firman un convenio regulador y no hace falta alegar ninguna causa, solo que hayan pasado tres meses desde la boda. Es la vía más rápida y económica. Si no hay hijos menores ni hijos mayores que dependan de los padres por discapacidad, puede formalizarse ante notario o ante el letrado de la Administración de Justicia (Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria), siempre con asistencia de abogado; si los hay, lo aprueba el juzgado tras el informe del Ministerio Fiscal. Redactar el convenio y el plan de parentalidad puede hacerse íntegramente por videoconsulta. Si uno de los dos no está de acuerdo, el divorcio es contencioso y lo decide el juez.

Pensión de alimentos en Cataluña

En Cataluña la pensión de alimentos de los hijos se fija en proporción a sus necesidades y a los recursos de cada progenitor, conforme al Código Civil de Cataluña. Como referencia, los juzgados consultan las tablas orientativas del Consejo General del Poder Judicial, que no son obligatorias. No se extingue automáticamente a los 18 años: se mantiene mientras el hijo no sea económicamente independiente y siga formándose con aprovechamiento.

Si cambian las circunstancias —pérdida de empleo, nuevos hijos, cambio de custodia—, se puede pedir la modificación de medidas. Y dejar de pagarla tiene consecuencias penales: el impago de dos mensualidades consecutivas o cuatro no consecutivas es delito de abandono de familia (art. 227 del Código Penal).

¿Se plantea divorciarse en Barcelona? La vía de mutuo acuerdo con convenio regulador es más rápida, más barata y menos dolorosa, y puede resolverse en semanas. Cuando no hay acuerdo, preparamos el procedimiento contencioso con una estrategia clara sobre custodia, pensiones, uso de la vivienda y reparto. En ambos casos, presupuesto cerrado por escrito en la primera visita.

Mutuo acuerdo o contencioso: qué le conviene

Divorcio de mutuo acuerdoDivorcio contencioso
DuraciónSemanas desde la firma del convenioMuchos meses (medidas + juicio)
CosteEl más bajo; un solo procedimientoMayor: dos abogados, pruebas, vistas
Quién decideUstedes, en el convenio reguladorEl juez, tras la prueba
HijosPlan de parentalidad pactadoCustodia y visitas impuestas judicialmente
DesgasteMínimo; preserva la relación parentalAlto, especialmente con hijos
¿Ante notario?Sí, si no hay hijos menoresNo; siempre judicial

Nuestra recomendación profesional honesta: agote el acuerdo antes de litigar. Un convenio bien negociado hoy evita años de modificaciones y ejecuciones mañana. Y si la otra parte hace imposible el pacto, llegamos al contencioso con el trabajo ya hecho.

También por videoconsulta: puede consultar su caso desde su casa o su trabajo, sin desplazarse y con la misma cercanía que la visita presencial. Reservar videoconsulta.

Servicios de Derecho de familia

Divorcio de mutuo acuerdo

Redacción del convenio regulador y tramitación completa, también ante notario cuando no hay hijos menores.

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Divorcio contencioso

Medidas provisionales y definitivas: custodia, visitas, pensiones y uso de la vivienda familiar.

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Custodia y plan de parentalidad

Custodia compartida o individual conforme al Código Civil de Cataluña (libro segundo).

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Pensión de alimentos

Fijación conforme a las tablas orientativas del CGPJ, reclamación de impagos (incluida la vía penal) y modificación.

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Modificación de medidas

Adaptación de pensiones, custodia o visitas cuando cambian las circunstancias.

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Parejas de hecho

Guarda y alimentos de los hijos y efectos de la pareja estable catalana.

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Menores

Procedimientos de protección de menores y defensa de sus intereses.

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Liquidación del régimen económico

Reparto de bienes tras el divorcio: separación de bienes catalana y gananciales.

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Qué debe incluir un buen convenio regulador

  • Plan de parentalidad: custodia, calendario ordinario, vacaciones y festivos, comunicación con los hijos.
  • Pensión de alimentos: importe, actualización anual (IPC), gastos ordinarios incluidos y reparto de los gastos extraordinarios — la cláusula que más pleitos evita.
  • Uso de la vivienda familiar y reparto de hipoteca y suministros.
  • Prestación compensatoria si un cónyuge queda en desequilibrio.
  • Reparto de bienes o las bases para liquidarlos después.

Un convenio ambiguo es un contencioso aplazado: redactamos cláusulas que se puedan cumplir y ejecutar.

Familia + extranjería, coordinados

Si usted o su cónyuge son extranjeros, el divorcio afecta directamente a las tarjetas de residencia por reagrupación y a los tiempos de la nacionalidad. Somos también abogadas de extranjería y coordinamos ambos frentes en un mismo expediente: la separación no tiene por qué costarle los papeles.

Y si hay denuncias cruzadas o un procedimiento penal paralelo (violencia de género, impagos o quebrantamientos: vea qué pasa si se incumple una orden de alejamiento), la defensa penal se lleva desde el mismo despacho, con una sola estrategia.

Si además hay una herencia pendiente en la familia, la tramitamos también: herencias y sucesiones en Cataluña.

Abogada de familia y divorcios en Barcelona con experiencia en custodia compartida y pensión de alimentos
Buscamos siempre el acuerdo que proteja a los hijos; si no es posible, litigamos.

¿Cómo se organiza una custodia compartida en la práctica?

No hay un único modelo: el plan de parentalidad se adapta a los horarios de los padres y a la edad de los hijos. Dos de los repartos semanales más usados en Cataluña:

Semanas alternas (el más habitual)

LMXJVSD

Semana completa con cada progenitor, con intercambio el viernes a la salida del colegio y, a menudo, una tarde intersemanal con el otro progenitor.

Reparto 2-2-3

LMXJVSD

Lunes-martes con uno, miércoles-jueves con el otro y fines de semana alternos: los niños nunca están más de tres días sin ver a cada progenitor. Frecuente con hijos pequeños.

En el convenio se cierran además vacaciones, festivos, comunicación y gastos. Un calendario claro evita el 90% de los conflictos posteriores. Le ayudamos a elegir el modelo que un juzgado de Barcelona aprobará sin reparos.

Preguntas frecuentes de familia y divorcios

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo?

El divorcio de mutuo acuerdo es la vía más rápida y económica: con convenio regulador firmado, puede quedar resuelto en unas semanas desde su presentación, y ante notario si no hay hijos menores. El coste depende de si hay hijos, bienes comunes y pensión; en la primera visita entregamos presupuesto cerrado por escrito. El divorcio contencioso, en cambio, puede prolongarse muchos meses.

¿Qué requisitos valora el juez para conceder la custodia compartida?

El juez atiende siempre al interés superior del menor y valora, entre otros: la vinculación de cada progenitor con los hijos, la disponibilidad y conciliación laboral, la proximidad de los domicilios, la edad de los menores, su opinión si tienen madurez suficiente y la capacidad de comunicación entre los padres. En Cataluña la custodia compartida es un régimen habitual cuando ambos progenitores pueden ejercerla adecuadamente.

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

No existe una fórmula legal única: la pensión de alimentos se fija en proporción a los ingresos y capacidad económica de quien la paga y a las necesidades de los hijos (vivienda, alimentación, educación, sanidad y ocio). Como referencia orientativa, los juzgados suelen apoyarse en las tablas del Consejo General del Poder Judicial. La pensión puede modificarse después si cambian sustancialmente las circunstancias.

¿Puedo modificar las medidas de mi divorcio (pensión, custodia, visitas)?

Sí, mediante un procedimiento de modificación de medidas, cuando exista un cambio sustancial y estable de circunstancias: pérdida de empleo o variación relevante de ingresos, traslado de domicilio, nuevas necesidades de los hijos o incumplimientos reiterados. Se puede intentar de mutuo acuerdo o por vía contenciosa.

¿Qué pasa si mi ex no paga la pensión de alimentos?

El impago puede reclamarse por vía civil, mediante ejecución de la sentencia con embargo de sueldos y bienes, y por vía penal como delito de abandono de familia cuando se dejan de pagar 2 meses consecutivos o 4 no consecutivos. Reclamamos los atrasos, los intereses y, cuando procede, presentamos la denuncia penal.

Somos pareja de hecho con hijos: ¿qué pasa al separarnos?

Aunque no haya matrimonio, las medidas sobre los hijos se regulan igual: custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos y uso de la vivienda se fijan mediante un procedimiento de guarda y alimentos, de mutuo acuerdo o contencioso. En Cataluña, además, la pareja estable tiene efectos económicos propios que conviene revisar.

¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos a un hijo?

No termina automáticamente a los 18 años: se mantiene mientras el hijo no sea independiente económicamente y siga formándose con aprovechamiento, incluso siendo mayor de edad. Se extingue cuando el hijo obtiene ingresos propios suficientes o cuando abandona los estudios sin causa justificada, y para dejar de pagarla hay que pedir la modificación de medidas, nunca dejar de abonarla por decisión propia.

¿Quién se queda con la vivienda familiar tras el divorcio?

Con hijos menores, el uso de la vivienda se suele atribuir al progenitor que tenga la custodia mientras dure la necesidad, aunque en custodia compartida caben soluciones distintas (uso alterno, venta o compensación). El uso de la vivienda no cambia su propiedad: quien figura como titular lo sigue siendo, y el reparto se resuelve en la liquidación del régimen económico.

¿Puedo divorciarme si mi pareja no quiere?

Sí. Desde 2005 no es necesario alegar causa ni obtener el consentimiento del otro cónyuge: basta con que hayan transcurrido tres meses desde el matrimonio y que uno de los dos lo solicite. Si no hay acuerdo, se tramita como divorcio contencioso y será el juez quien fije las medidas sobre hijos, pensiones y vivienda.